PLAN ESPECIAL DE LA UNIDAD DE ACTUACION UA4 DE BENABARRE
NORMATIVA DE APLICACIÓN DEL P.G.O.U.
Artículo 169. Unidad de actuación número 4, UA-4.
Objeto : Tiene por objeto completar la trama urbana de una zona intersticial del núcleo, actualmente destinada a huertos, con una edificación coherente a la edificada en el perímetro.
Superficie: Comprende una superficie de 13.653 m2. (14.226 según medición)
Cesiones : El plan especial deberá prever para dotaciones, respecto al total de superfície de la unidad de ejecución, un mínimo del:- • 13,0 % para zonas verdes.
- • 7,5 % para equipamientos.
- • El total de cesiones mínimas para sistemas urbanísticos será del 40 % de la superfície de la unidad de ejecución.
- • El 10% del aprovechamiento medio al ayuntamiento.
Urbanización: Deberá urbanizarse el 100% del ámbito.
Sistema de actuación: Se establece como sistema de actuación el de cooperación.
Artículo 138. Condiciones de uso.
a. Uso principal Residencial exclusivamente del tipo de vivienda del tipo unifamiliar aislada, Garaje y aparcamiento de la propia vivienda.
b. Usos compatibles : Oficinas y servicios privados, Socio-cultural, Docente, Restauración exclusivamente en el tipo de restaurante, (10-B- según artículo 104).